La Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados estableció como competencia municipal la recogida, el transporte y la gestión de residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios.
Asimismo, su Disposición Transitoria Segunda, dispuso la obligación de que los Ayuntamientoso aprueben ordenanzas antes del 31 de julio de 2013, en las que deben regular la gestión de este servicio en función de las características del mismo en cada municipio y de lo previsto en la Ley.
Para facilitar a las Entidades Locales su adaptación al nuevo marco jurídico establecido, la FEMP ha elaborado esta Ordenanza Marco de Gestión de Residuos, que incorpora como novedad la potestad del Ayuntamiento de recoger los residuos comerciales no peligrosos y concreta las obligaciones de los ciudadanos en relación con la separación y entrega de residuos.
Distingue, además, entre el servicio ordinario de recogida y un servicio especial, en los que es común la separación por los vecinos de los residuos en distintas fracciones para favorecer el reciclaje y el cumplimiento del principio de jerarquía en la gestión de los mismos.
La Ordenanza ha sido elaborada por expertos de la Comisión de Medio Ambiente de la FEMP, la Asociación de Empresas Públicas de Medio Ambiente (ANEPMA), ECOEMBES y la asistencia técnica de Garrigues Medio Ambiente.