FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

Servicios de Policía Local para el medio rural


Los municipios limítrofes de una misma Comunidad Autónoma podrán asociarse para contar con servicios de policía local; así queda recogido en la Orden Ministerial que determina las condiciones de esta colaboración que permitirá impulsar el desarrollo de zonas rurales y ampliar los servicios a su población.


 
 
La Orden Ministerial, en cuya elaboración la FEMP ha trabajado activamente, en colaboración con el Ministerio del Interior, subraya que para llevar a cabo la asociación, los municipios deben ser limítrofes y de una misma Comunidad Autónoma, así como no disponer separadamente de recursos suficientes para la prestación de servicios de policía local y que la suma de las poblaciones de los municipios asociados no supere los 40.000 habitantes.
 
El texto añade que los miembros que integren el servicio de policía local de la asociación de municipios “se someterán a los mismos principios básicos de actuación, tendrán el mismo régimen estatutario y asumirán las mismas funciones que las asignadas por el ordenamiento jurídico vigente a las policías locales”.
 
Con esta Orden se impulsa la promoción del desarrollo sostenible en el medio rural al favorecer que los municipios con escasos recursos puedan asociarse para la prestación de un determinado servicio público.

Documentos relacionados

Documentos relacionados

Coches de Policía Local
18/11/2010

> Ir a la fototeca