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Hacienda explica a las Entidades Locales cómo cancelar los préstamos del Plan de Pago a Proveedores


El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas acaba de emitir una circular dirigida a la Entidades Locales en la que aclara y explica cómo ha de realizarse la cancelación de las operaciones de préstamo con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.


La cancelación de estas operaciones permite a las Entidades Locales acceder a la financiación de los préstamos en el mercado bancario y, con ello, beneficiarse de mejores condiciones financieras.

Dicha Circular, adjunta a esta información y disponible en Oficina Virtual de Entidades Locales de la web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, detalla las características de la operación y especifica la documentación a aportar que incluye, entre otros documentos, el acuerdo del órgano competente y el informe de la intervención sobre el ahorro financiero anual derivado de la nueva operación. También es preciso incluir la nueva oferta financiera a la que se acoge la Entidad Local, especificando las características de la misma.

La circular recoge, asimismo, los efectos sobre el Plan de Ajuste.

La cancelación de operaciones de préstamo formalizadas por las Entidades Locales con el Fondo para la Financiación de los pagos a proveedores aparece contemplada en el artículo 3 del Real Decreto–Ley 8/2014.

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Nota

Circular

(208.8Kb)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
18/07/2014

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