FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

21 Diciembre 2024

Modificaciones de Acuerdos Marco de Suministro: Notas Aclaratorias

En esta edición de Carta Local recogemos las Notas Aclaratorias correspondientes a las modificaciones del Acuerdo Marco de Suministro de Gas Natural y del Acuerdo Marco de Suministro de Electricidad en Alta y Baja Tensión.



MODIFICACIÓN DEL ACUERDO MARCO DE SUMINISTRO DE GAS NATURAL 
 
El 7 de mayo de 2021 se publicó en la Plataforma de Contratos del Sector Público y en el DOUE, la Resolución de Modificación del Acuerdo Marco (y de sus pliegos) para todos sus lotes (Nº EXP 04/2019 BIS) con las siguientes finalidades:

 
1) Garantizar la viabilidad y funcionalidad del Acuerdo Marco y de sus posibles prórrogas, teniendo en cuenta las modificaciones legislativas previstas que se encuentran en tramitación y que afectan al sistema energético, entre ellos, las empresas comercializadoras de gas (Anteproyecto de Ley por el que se crea el Fondo Nacional para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico, Ley de Cambio Climático y Transición Energética).
 
2) Recoger algunos de los Acuerdos alcanzados en el seno de la Comisión de Control y Supervisión del Acuerdo Marco (en todos sus lotes) en los que se encuentran representados tanto las adjudicatarias del Acuerdo Marco como la propia FEMP (poder adjudicador) y que han venido afectando a la tramitación de los contratos basados.
 
Dicha modificación surte efecto a partir del 1 de junio de 2021 y, tal y cómo se indica en su contenido, algunas de las cuestiones son concretadas en el seno de la Comisión de Control y Supervisión de este Acuerdo Marco.
 
 
RESUMEN DE MODIFICACIONES APLICABLES A LOS DOCUMENTOS DE INVITACIÓN QUE SE ENVÍEN A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2021
 
1.- Vigencia de los Acuerdos Marco 
 
El Acuerdo Marco actual (en todos sus lotes) finaliza el próximo 23 de junio de 2021. Está previsto iniciar una nueva licitación a lo largo de este año. No obstante, previsiblemente, el Acuerdo Marco será prorrogado, con una única adjudicataria, al menos, hasta el próximo 31 de diciembre de 2021, de forma que se garantiza la continuidad de esta alternativa de contratación a las Entidades Locales asociadas a las FEMP y sus entes dependientes adheridos a la Central. 
 
Podrán adjudicarse Contratos basados en el Acuerdo Marco durante la vigencia de este último, y de cualquiera de sus prórrogas. La fecha relevante para entender que se ha cumplido este requisito será la del envío del documento de invitación por parte de la Entidad Local, o si en las sucesivas prórrogas del Acuerdo Marco solamente resultase un adjudicatario de cada Lote, será directamente la fecha de la adjudicación del contrato basado.

En breve se confirmará formalmente si se prorroga el Acuerdo Marco hasta el 31 de diciembre y la empresa que prorrogaría. 
 
2.- Duración de los contratos basados 
 
Se limita la duración de los contratos basados a un año, sin posibilidad de prórrogas. 
 
Esta limitación se lleva a cabo a la vista de los cambios normativos existentes y previstos a corto y medio plazo, unido al hecho de que en los próximos meses desde la Central de Contratación se procederá a anunciar una nueva licitación del Acuerdo Marco de suministro de gas natural que contemple aquellas cuestiones que no tenían cabida vía modificación. 
 
La documentación para la tramitación de los contratos basados conforme a lo indicado será publicada en el apartado "Documentos" de la web de la Central. 
 
3.- Contratos basados previos a la modificación del 1 de junio de 2021 
 
Los contratos basados en vigor y aquellos cuyos documentos de invitación se hayan remitido antes del 1 de junio de 2021, no verán afectadas ni su continuidad ni su duración (incluida la posibilidad de prórrogas) por la modificación. 
 
En previsión de lo dispuesto en el párrafo anterior, desde el 19 de mayo se facilitarán en la web los nuevos modelos de documento de invitación, que limita la duración de los basados a un año sin posibilidad de prórroga, habida cuenta de que prevemos que su validación y aprobación por el órgano de contratación ya se produzca con posterioridad al 1 de junio. Recordamos que la adhesión a la Central no obliga a contratar a través de la misma, únicamente habilita, ofertando una alternativa más para las Entidades asociadas en materia de contratación de servicios y suministros. 
 
Para más información puede contactar a través del número 913643700 y de centraldecontratacion@femp.es
 
 
MODIFICACIÓN DEL ACUERDO MARCO SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD EN ALTA Y BAJA TENSIÓN 
 
El mismo 7 de mayo de 2021 la Plataforma de Contratos del Sector Público y en el DOUE, también publicaron la Resolución de Modificación del Acuerdo Marco (y de sus pliegos) para todos sus lotes (Nº EXP 02/2019 BIS) con las siguientes finalidades: 
 
1) Dar cabida a los cambios normativos en el sistema tarifario introducidos por la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece una nueva metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, de aplicación a partir del 1 de junio de 2021 y que modifica las tarifas que actualmente constituyen el objeto del Acuerdo Marco.
 
2) Garantizar la viabilidad del Acuerdo Marco y de sus posibles prórrogas, teniendo en cuenta las modificaciones legislativas previstas que se encuentran en tramitación y que afectan al sistema eléctrico (Anteproyecto de Ley por el que se crea el Fondo Nacional para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico, Ley de Cambio Climático y Transición Energética)
 
3) Recoger algunos de los Acuerdos alcanzados en el seno de la Comisión de Control y Supervisión del Acuerdo Marco (en todos sus lotes) en los que se encuentran representados tanto las adjudicatarias del Acuerdo Marco como la propia FEMP (poder adjudicador) y que han venido afectando a la tramitación de los contratos basados. 
 
Dicha modificación surte efectos a partir del 1 de junio de 2021 y algunas de las cuestiones son concretadas en el seno de la Comisión de Control y Supervisión de este Acuerdo Marco.
 
 
RESUMEN DE MODIFICACIONES APLICABLES A LAS ADJUDICACIONES QUE SE PRODUZCAN A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2021, PERO QUE AFECTAN A LOS DOCUMENTOS DE INVITACIÓN QUE SE REMITAN DESDE EL 17 DE MAYO DE 2021 
 
Las modificaciones que se indican afectan exclusivamente a los contratos basados cuyos documentos de invitación se envíen desde el 17 de mayo de 2021 (inclusive). Los enviados antes de esa fecha, y que aún no han sido adjudicados, seguirán el modelo de preparación, presentación de ofertas y valoración vigente y se regirán por lo dispuesto en el Acuerdo Marco con carácter previo a la modificación. 
 
1) Conversión de los precios máximos del acuerdo marco La Circular 3/2020 de la CNMC suprimiéndose diversas tarifas que pasan a quedar englobadas en las siguientes: 2.0.TD, 3.0. TD y 6.1. TD. Dicha modificación entra en vigor el próximo 1 de junio de 2021 y afecta a aquellos contratos basados que se adjudiquen a partir de dicha fecha. En particular, dado que el plazo de apertura de ofertas se fija generalmente en 15 días naturales, afecta ya a aquellos contratos cuyos documentos de invitación/solicitudes de oferta se remitan a partir del 17 de mayo de 2021, puesto que tanto la apertura de ofertas como la adjudicación del contrato basado se producirá con posterioridad al 1 de junio de 2021. Ello conlleva la necesidad de convertir los precios ofertados por las adjudicatarias al Acuerdo Marco (conforme a las tarifas antiguas) a las nuevas tarifas, a efectos de establecer los umbrales máximos (que en ningún caso podrán superar las adjudicatarias en las ofertas a presentar) para los documentos de invitación/solicitudes de oferta que se remitan a partir del 17 de mayo de 2021. 
 
Al no facilitarse un sistema de conversión común y adaptable a las distintas situaciones existentes por parte de la CNMC, se opta por tomar como referencia la curva teórica de demanda publicada por Red Eléctrica de España (REE) para 2019, año previo a la pandemia. 
 
Los precios máximos se publicarán en la página web de la Central. 
 
En caso de incidencias en la tramitación que se generen a raíz de la convivencia de los dos sistemas de tramitación (antiguo y conforme al nuevo sistema de tarifas) se contemplan excepciones que se irán resolviendo a través de la Central de Contratación y de común acuerdo con las adjudicatarias, y qué, en cualquier caso, contemplarán la conversión de los precios ofertados a las nuevas tarifas. Estos precios serán revisados (y publicados en la web) trimestralmente en los mismos términos que se reflejan en el Acuerdo Marco, adaptando los componentes de la cláusula de revisión de precios a lo dispuesto en la Circular 3/2020 de la CNMC. 
 
2.- Duración de los contratos basados

Se limita la duración de los contratos basados a un año, sin posibilidad de prórrogas. Esta limitación se lleva a cabo a la vista de los cambios normativos existentes y previstos a corto y medio plazo, unido al hecho de que en los próximos meses desde la Central de Contratación se procederá a anunciar una nueva licitación del Acuerdo Marco de suministro de electricidad que contemple aquellas cuestiones que no tenían cabida vía modificación, por ejemplo, la inclusión de nuevas tarifas de alta tensión, autoconsumo o puntos de recarga de vehículos eléctrico en vía pública. 
 
3.- Sistema de valoración de las ofertas de los contratos basados

Conforme a la conversión prevista, se modifica la cláusula 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas del Acuerdo Marco para ajustar los métodos de valoración, en fase de tramitación de los contratos basados, a elección de la Entidad contratante:
  •  Valoración conforme a consumos. 
  •  
  • Valoración conforme a los criterios de ponderación del Acuerdo Marco modificados tras la conversión de los precios al nuevo sistema tarifario. 
 
Para más información, se recomienda ver la “Guía para la tramitación de los Contratos basados” y el “Anexo: ¿cómo valorar las ofertas?”. La documentación para la tramitación de los contratos basados conforme a lo indicado será publicada en el apartado Documentos de la web de la Central. 
 
4.- Contratos basados previos a la modificación del 1 de junio 
 
Tanto estos contratos como aquellos cuyos documentos de invitación se hayan remitido antes del 17 de mayo de 2021 pero se encuentran en tramitación a fecha de 1 de junio de 2021, no verán afectadas ni su continuidad ni su duración (incluida la posibilidad de prórrogas) por la modificación. Únicamente se convertirán los precios a las nuevas tarifas, conforme a lo exigido en la Circular 3/2020 de la CNMC y a lo dispuesto en la resolución de modificación y en la Comisión de Control y Supervisión. Dicha conversión también deberá tenerse en cuenta en las prórrogas del contrato basado y en las correspondientes revisiones de precios. Los trámites a realizar para la prorroga se encuentran publicados en la web de la Central. 
 
Las adjudicatarias de los contratos basados comunicarán a la Entidad Contratante los precios resultantes de la conversión para su conocimiento. La documentación para la tramitación de los Contratos basados conforme a lo indicado será publicada en el apartado "Documentos" de la web de la Central.
 
5.- Vigencia de los Acuerdos Marco 
 
El Acuerdo Marco actual (en todos sus lotes) finaliza el 17 de junio de 2021. Como se indica en los apartados anteriores, está previsto iniciar una nueva licitación a lo largo de este año. No obstante, previsiblemente, el Acuerdo Marco será prorrogado, con una única adjudicataria, al menos, hasta el próximo 31 de diciembre de 2021, de forma que se garantiza la continuidad de esta alternativa de contratación a las Entidades Locales asociadas a las FEMP y sus entes dependientes, que se hayan adherido a la Central de Contratación.
 
Recordamos que podrán adjudicarse Contratos basados en el Acuerdo Marco durante la vigencia de este último, y de cualquiera de sus prórrogas. La fecha relevante para entender que se ha cumplido este requisito será la del envío del documento de invitación por parte de la Entidad Local, o si en las sucesivas prórrogas del Acuerdo Marco solamente resultase un adjudicatario de cada Lote, será directamente la fecha de la adjudicación del Contrato basado. 
 
Próximamente se confirmará si se prorroga el Acuerdo Marco hasta el 31 de diciembre y la empresa que prorrogaría. Se recuerda que la adhesión a la Central no obliga a contratar a través de la misma, únicamente habilita, ofertando una alternativa más para las Entidades asociadas en materia de contratación de servicios y suministros.
 
Para cualquier cuestión puede contactar por teléfono 913 643 700 o mail: centraldecontratacion@femp.es 
 
 
Central de Contratación

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Carta Local nº 384, noviembre 2024.pdf