FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

22 Diciembre 2024

Queja municipal contra las eléctricas

La FEMP ha elevado una queja al Tribunal de Defensa de la Competencia y a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) por las prácticas de las compañías eléctricas en los procesos de contratación de suministro eléctrico con los municipios, después de la entrada en vigor de la nueva regulación de este sector. Este es uno de los acuerdos adoptados por la Comisión Ejecutiva, en la primera reunión del año 2011, en la que los Alcaldes y Alcaldesas que la integran comenzaron ya a debatir y trabajar sobre algunos aspectos organizativos de la próxima Asamblea General de la Federación que tendrá lugar a finales de este año, tras las elecciones locales y la constitución de los nuevos Ayuntamientos.



La iniciativa de remitir un escrito tanto al Tribunal como a la CNE fue  tomada a instancias de la Comisión de Haciendas y Financiación Local,  que tuvo conocimiento de la situación a la que se están enfrentando algunos Ayuntamientos, sobre todo los más pequeños . Las Administraciones Públicas en general y los Ayuntamientos, en particular, tienen graves problemas, según ha podido constatar la FEMP, debido a la imposibilidad de muchos de ellos, de contratar suministro eléctrico en las nuevas condiciones, ante la falta de ofertas de las comercializadoras y, en algunos casos, por las imperativas condiciones que éstas exigen para concurrir a las licitaciones.

Los Ayuntamientos están obligados a acudir al mercado libre, por tener una potencia contratada superior a los 10 kilovatios, y a hacerlo mediante la convocatoria de concursos públicos. A finales de diciembre pasado, el Gobierno prorrogó el plazo hasta el 31 de diciembre de 2011 para que los consistorios puedan renovar sus contratos; pero los problemas persisten, como le ha ocurrido, por ejemplo, al Ayuntamiento de Frailes (Jaén) que se ha visto en la obligación de declarar desierto el procedimiento por falta de licitadores, tras efectuar la oportuna convocatoria.

Enmiendas al Proyecto de Ley de Economía Sostenible

La Comisión Ejecutiva de la FEMP fue informada del contenido de las propuestas de enmiendas presentadas a los Grupos Parlamentarios del Senado en relación con el Proyecto de Ley de Economía Sostenible.

Entre las modificaciones planteadas figura la petición de que se suprima el texto del artículo 36 que establece la retención de las entregas a cuenta de una Entidad Local cuando ésta no haya remitido sus presupuestos a la Administración General del Estado. La FEMP pide que esta cuestión sea debatida en seno de la negociación de la reforma de la financiación local o que, al menos, tal decisión se adopte previo informe de la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL), tras estudiar cada caso.

La FEMP no discute la obligación de las Entidades Locales de remitir la liquidación de sus presupuestos a la Administración General del Estado, pero advierte que no parece adecuado que existiendo un órgano de interlocución como es la CNAL, el mecanismo automático de retención opere sin previo informe de la misma.

Otro argumento esgrimido es que la filosofía de esta medida no debería ser selectiva, ya que no se observa para otras Administraciones. De ahí que  “lo más adecuado” sería  tratarla en el seno de la próxima reforma de la Financiación Local y dentro de un exhaustivo análisis de las causas que provocan la no remisión de los datos de la liquidación.

Tributación local de la telefonía móvil

Otra de las enmiendas presentadas pretende clarificar la tributación local de los servicios de telefonía móvil, mediante la modificación del artículo 24 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Dado que la aprobación de numerosas y diferentes ordenanzas fiscales comporta gran complejidad para los Ayuntamientos, y también para los operadores de telefonía móvil, la FEMP considera  necesario establecer un sistema de cuantificación de la tasa que evite los litigios y a cumplir los principios de simplificación administrativa y seguridad jurídica.

El objetivo de la enmienda presentada es reformar el marco regulatorio existente en relación con la tasa por utilización o aprovechamiento especial del dominio público local, que incluya de forma expresa la tributación de los servicios de comunicaciones electrónicas móviles en el régimen especial del 1,5 por ciento, así como un método de cuantificación suficientemente claro y equitativo, con un sistema de gestión lo más simplificado posible tanto para la Administración Local como para los obligados tributarios.

Retribución de servicios públicos

La FEMP también está preocupada por los problemas interpretativos que se están planteando en relación con el régimen económico y retributivo de los servicios públicos gestionados indirectamente por empresas concesionarias, tras la modificación realizada por la Ley General Tributaria de 2003.

La actual formulación del artículo 2.2.a) de la citada Ley puede ser interpretado en el sentido de que todos los servicios públicos cuya utilización es obligatoria para los ciudadanos, deben ser retribuidos mediante tasas y no a través de tarifas.

La doctrina sobre la interpretación de dicho artículo ha llevado recientemente a que el Tribunal Supremo rectifique toda su jurisprudencia anterior y establezca que la mayor parte de los servicios públicos esenciales deben ser retribuidos mediante tasas. Destaca, en este sentido, la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de noviembre de 2009 sobre la tarifa de alcantarillado de la ciudad de Alicante.

El cambio producido por la vigente redacción de la Ley General Tributaria y la jurisprudencia posterior está llamado a producir, si no se corrige, una importante confusión en el régimen económico y retributivo de los servicios públicos gestionados indirectamente por empresas concesionarias: ni podrían recaudar las tasas, ni podría ingresarse su importe directamente por los concesionarios, además de generar problemas de recaudación, gestión y responsabilidad, hasta ahora inéditos.

Por este motivo, y tras estudiar la situación, la FEMP considera necesario, y así lo ha trasladado a los Grupos Parlamentarios del Senado,  aclarar la regulación vigente.

Diversidad Religiosa

La Comisión Ejecutiva también tuvo conocimiento de los trabajos de colaboración que se están llevando a cabo con la Fundación para la Pluralidad Religiosa, del Ministerio de Justicia, en la elaboración de un Manual para la Gestión Municipal de la Diversidad Religiosa, documento en el que intervienen varias Comisiones de la FEMP y que tiene como objetivo orientar las políticas locales en esta materia, con especial atención a los aspectos de atención e información, servicios y participación ciudadana.

El Manual profundiza en las competencias municipales relacionadas con los servicios que inciden en el ejercicio de la libertad religiosa y ofrece información sobre los recursos de que disponen las Corporaciones Locales, entre otras cuestiones.

Accesibidad Universal

La FEMP ha elaborado una propuesta de Plan Municipal de Accesibilidad Universal para que los Ayuntamientos dispongan de un modelo con el que acometer la transformación de la ciudad, basado en el concepto de Diseño Universal, con entornos, itinerarios y servicios plenamente accesibles a todas las personas, en especial aquellas con algún tipo de discapacidad.

Las actuaciones se orientan a la eliminación de barreras en los espacios de uso habitual, como calles, plazas o parques; edificios públicos –equipamientos culturales, centros administrativos, sanitarios, docentes-; elementos de la cadena de transporte –vehículos y material móvil, paradas, estaciones-;  sistemas de comunicación públicos –especialmente aquéllos que tengan que ver con los recursos técnicos de atención al ciudadano y la web municipal- y, en general, el resto de servicios públicos. (Más información en la página 22)

Presupuestos participativos

Otro de los documentos aprobados por la Ejecutiva de la FEMP ha sido una Guía para que los equipos de gobierno de los Ayuntamientos faciliten la participación activa y directa de los ciudadanos en el proceso de elaboración de sus presupuestos. Se trata de un instrumento para profundizar en la democracia participativa y facilitar la puesta en marcha de este proceso en aquellos municipios que aún no hayan iniciado esta vía de participación ciudadana.  (Más información en páginas 20 y 21)

Gestión policial de la diversidad

La FEMP formará parte de la Plataforma por la Gestión Policial de la Diversidad, un órgano que tiene como misión promover los cambios necesarios en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y mejoras en sus procedimientos de actuación para garantizar un trato policial igualitario al conjunto de la sociedad y, de forma especial, a los colectivos minoritarios.

La Comisión Ejecutiva ha acordado la incorporación de esta Federación a dicha Plataforma y su adhesión al manifiesto que la define, en la que también están la Fundación Pluralismo y Convivencia, la Fundación Secretariado Gitano, la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local (Unijepol) y Open Society Justice Initiative (Fundación Soros). Amnistía Internacional es “entidad observadora” de esta Plataforma.

Entre los objetivos de la Plataforma figura sensibilizar a los responsables en materia de seguridad y a los cuerpos policiales de la necesidad de promover políticas de gestión de la diversidad; mejorar la formación policial; conseguir el registro estadístico de los delitos de odio o discriminatorios y establecer protocolos de actuación policial al respecto; e impulsar el acercamiento de las policías públicas a las comunidades minoritarias  y la participación de éstas en las políticas de seguridad ciudadana.

Convenios

La FEMP firmará un convenio marco de colaboración con Cruz Roja Española para trabajar conjuntamente para favorecer la inclusión social, prevenir situaciones de riesgo y promover la convivencia ciudadana en entorno local. Esta colaboración se efectuará a través de los servicios de base municipales y las asambleas locales de Cruz Roja.

La Ejecutiva también ha dado el visto bueno al contenido de otro convenio, con la Asociación REDTEL,  para el despliegue de las infraestructuras de redes de telefonía móvil y, en concreto, para dar continuidad en 2011 al funcionamiento y mantenimiento del Sistema de Asesoramiento Técnico e Información (SATI), que depende de la FEMP.
 

 
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