FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

22 Diciembre 2024

Apoyo, solidaridad y recursos para la reconstrucción de Lorca

Un seísmo de 5,1 grados en la Escala de Richter, precedido de otro de 4,5 grados, cambiaban por completo la imagen de la localidad murciana de Lorca y la vida de sus habitantes en la tarde del pasado 11 de mayo. Con casi una decena de fallecidos, alrededor de 200 heridos, buena parte de las viviendas dañadas y un abanico dramáticamente amplio de necesidades que atender, Gobierno, Comunidad Autónoma de Murcia y Ayuntamiento de Lorca adoptaron de manera coordinada medidas inmediatas.



 
Se trata del terremoto más grave en los últimos cincuenta años y el resultado ha sido un paisaje desolador; a los fallecidos se sumaron los heridos y un elevadísimo número de personas desplazadas por la grave afectación que sufrieron muchos de los inmuebles; a estas dificultades es preciso añadir el daño, en casos irreparable, al rico patrimonio histórico de la ciudad murciana y a sus infraestructuras; en las jornadas posteriores, la demolición obligada de los edificios más dañados ponía un toque aun más dramático a la ya difícil situación de muchas familias.
Las respuestas solidarias no tardaron en llegar pero, sobre todo, la rápida actuación de las tres Administraciones, Local, Autonómica y General del Estado, viene contribuyendo desde las jornadas posteriores al terremoto, a la recuperación de una cierta “normalidad” o, cuando menos, a hacer más llevaderas las carencias.
 
Ayudas y medidas fiscales
 
La adopción de medidas paliativas y reparadoras por parte de los poderes públicos quedó plasmada en un Real Decreto Ley en cuya elaboración intervinieron representantes de la Región de Murcia, del Ayuntamiento de Lorca y de los Ministerios de Interior, defensa, economía y Hacienda, Política Territorial y Administración Pública, Trabajo e Inmigración, Fomento, Sanidad, Política Social e Igualdad, y de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Las medidas se agrupan en once capítulos diferentes; en primer lugar, ayudas a particulares en los casos de fallecimiento y de incapacidad absoluta y permanente; se ha contemplado a estos efectos una cantidad de 18.000 euros para el cónyuge del fallecido –o persona con análoga relación de afectividad-, a los hijos menores de edad o a los mayores de edad que dependan económicamente del fallecido. La misma cantidad se le concederá a las personas que resulten declaradas en situación de incapacidad absoluta y permanente.
En segundo lugar figuran las ayudas a particulares por alquileres de viviendas; estas ayudas –hasta un tope máximo de 6.671,70 euros al año- se concederán cuando la vivienda habitual haya quedado totalmente destruida o haya sido precisa su demolición; las ayudas se concederán en diferentes condiciones en función de si los afectados eran propietarios de la vivienda o residían en ella en régimen de alquiler:; las ayudas también son de aplicación en el caso de que la vivienda habitual deba ser desalojada para su reparación.
Para la reconstrucción de viviendas, también se concederán ayudas que serán financiadas al 50 por ciento por el Ministerio de Fomento y las restantes Administraciones Públicas.
Se contemplan igualmente ayudas a las Entidades Locales afectadas; de hecho, se les abonará el 100% de los gastos de emergencia en que hubieran incurrido para garantizar la vida y la seguridad de las personas y el funcionamiento de los servicios públicos esenciales (demolición de edificios, retirada de elementos arquitectónicos dañados, suministro de agua potable…); asimismo, se prevé hasta el 50% máximo del coste, obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones que correspondan a servicios esenciales.
Las medidas fiscales son otro capítulo de las ayudas prevista. En este caso, se trata de exenciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles, reducciones en el Impuesto de Actividades Económicas a industrias y establecimientos comerciales, exenciones de tasas de tráfico en la tramitación de bajas de vehículos y en la expedición de duplicados de permisos de circulación y conducción que se hayan extraviado; y exenciones, por parte de las Entidades Locales, en las tasas por expedición de la licencia de obras para la reparación de las viviendas siniestradas.
Los daños en las producciones agrícolas y ganaderas también son objeto de ayuda: se compensarán las pérdidas superiores al 20% de su producción por los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas que tengan pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados para este año. Se han previsto también reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.
 
Otras medidas
 
En el Real Decreto Ley aparecen medidas laborales y de seguridad social; en concreto, se contempla que los expedientes de regulación de empleo que tengan causa directa en los años producidos por los movimientos sísmicos, así como las pérdidas de actividad en los sectores empresariales o económicos, tendrán consideración de fuerza mayor; en consecuencia, el empresario queda exonerado de abonar las cuotas a la Seguridad Social mientras dure la suspensión del contrato motivada por los movimientos sísmicos; en el caso de extinción del contrato, las indemnizaciones por despido correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial; otras. Hay también medidas especiales para trabajadores por cuenta propia –un año de moratoria en el pago de sus cuotas de la Seguridad Social-, y también un anticipo al 1 de junio, con carácter excepcional, de la paga extraordinaria a los pensionistas.
Paralelamente, se flexibilizan algunos de los requisitos exigidos por la normativa en materia de contratos del sector público, y también se pone en marcha una línea de préstamos en el ICO, por un importe de 25 millones de euros, con un tipo final máximo del 2% TAE y cinco años de plazo de vigencia.
La aplicación de todas las iniciativas anteriores se realiza mediante mecanismos de coordinación y colaboración entre los que figura la creación de una Comisión Mixta integrada por las tres Administraciones para agilizar la concesión de ayudas.
 
Dos millones para reparación de infraestructuras educativas
 
En un Consejo de Ministros Posterior, se dio vía libre a una subvención directa a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para financiar actuaciones de reparación de los daños causados en las infraestructuras educativas. Esta ayuda está destinada a aquellos centros docentes de carácter público y privado concertado situados en Lorca, aunque podrían incluirse además aquellos que se encuentran en localidades próximas y que también resultaron dañados por el terremoto
 
 
Solidaridad municipal y europea
 
La solidaridad con el municipio de Lorca por parte de los demás Ayuntamientos españoles llegó al día siguiente del seísmo, cuando los vecinos, en respuesta a la llamada de sus Gobiernos Locales, tras la invitación de la FEMP, guardaron un minuto de silencio a las 12 de la mañana ante sus Casas Consistoriales, como muestra de apoyo solidario tras la tragedia. El Presidente de la FEMP, Pedro Castro, también hizo llegar sus condolencias al Alcalde de Lorca, Francisco Jódar, en nombre de los Alcaldes españoles
Otro mensaje de apoyo y solidaridad llegó desde Bruselas, del Comité de las Regiones, organismo del que el Presidente de Murcia, Ramón Luis Valcárcel, es Vicepresidente. La presidenta de este Comité, Mercedes Bresso, abrió la Asamblea Plenaria con “un mensaje de solidaridad y apoyo a los ciudadanos de Lorca y de la Región de Murcia, por parte de sus compatriotas europeos”. Bresso anunció la disposición del Comité para ayudar a Murcia y deseó, asimismo, que la Región “supere pronto esta situación y que no haya mayores dificultades para sus ciudadanos”.
Por su parte, el Presidente de la Comisión, José Manuel Durao Barroso, también envió su apoyo y condolencias a las familias afectadas, en nombre de toda la Comisión.
 
Terremoto en Lorca

Terremoto en Lorca

Carta Local nº 384, noviembre 2024.pdf