FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

2 Julio 2024

Aprobada la modificación de los acuerdos para la formación en las Administraciones Públicas

Los nuevos acuerdos de Formación para el Empleo de las Administraciones españolas adaptan a las competencias autonómicas diversas cuestiones señaladas en Sentencias del Tribunal Constitucional. La FEMP, presente en la Comisión General como representante de la Administración Local, seguirá desarrollando su plan de formación para el conjunto de los empleados locales.



La Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, llegó a un acuerdo el pasado mes de julio en virtud del cual se incorporan modificaciones a los Acuerdos de Formación (AFEDAP) para adaptarlos a las Sentencias del Tribunal Constitucional relativas a “competencias autonómicas sobre la formación de los empleados públicos de la Administración Local”. Dichas Sentencias declaraban competentes a las Comunidades Autónomas en diversas cuestiones relacionadas con los órganos de gestión de estos acuerdos, así como con la forma de tramitar las subvenciones para los planes de formación de los Gobiernos Locales.

Los dictados del Alto Tribunal obligaron a reestructurar las distintas comisiones, y en el caso concreto de la Administración Local, han exigido descentralizar los procesos de decisión en materia de adjudicación de fondos para subvenciones destinadas a los promotores de formación en esta Administración.

A lo largo del proceso de adaptación de los acuerdos, la FEMP, en su calidad de representante de la Administración Local en la Comisión General, ha defendido la postura marcada por su Junta de Gobierno y centrada en garantizar la Autonomía Local, tanto en lo relativo a percepción de subvenciones para la formación de sus empleados, como en la necesaria presencia local en los órganos de gestión de los acuerdos y de decisión (sobre la elaboración de convocatorias y decisión de subvención de fondos, entre otras cuestiones).

Igualmente se planteó como imprescindible el mantenimiento de la FEMP en la Comisión General de Formación en representación de la Administración Local y la permanencia de su plan de formación, dada la relevancia del mismo y su utilidad para el conjunto de las entidades locales después de más de 17 años de trabajo en este sentido.

Las modificaciones más relevantes en los acuerdos se centran en la territorialización de los fondos para financiar los planes de formación de la Administración Local y la creación de comisiones de Administración Local en cada Comunidad Autónoma.

Los fondos son “territorializados” a través de una transferencia diferenciada a cada CCAA con carácter finalista para la financiación de planes de formación de la Administración Local. La territorialización también obliga necesariamente a crear mesas de Administración Local en cada Comunidad, mesas presididas por la representación de la Comunidad Autónoma que también contarán con la presencia de las organizaciones sindicales representadas en la Comisión General y con las federaciones territoriales de municipios y provincias, así como otras entidades asociativas de municipios igualmente representativas. En el seno de estas comisiones, se podrá crear un Comité técnico paritario integrado por las federaciones municipalistas y asociaciones representativas, así como las organizaciones sindicales.

En adelante, estas mesas serán las encargadas de tomar decisiones respecto a la aplicación de los acuerdos de formación en el ámbito de la Administración Local en cada territorio autonómico y en línea con lo que establezca la Comisión General de Formación para el conjunto de las Administraciones Públicas.

Para la FEMP, se trata de un acuerdo satisfactorio para el conjunto de las Administraciones Públicas. A pesar de la dificultad organizativa derivada de la aplicación de las sentencias del Tribunal Constitucional, ha sido posible articular una mesa de negociación compleja y un texto que satisface las demandas de cada una de las partes y mantiene un sistema de formación único en el mundo y que ha venido mostrando los beneficios para la modernización de la Administración Pública en España durante sus 19 años de vigencia.
 
Carta Local nº 380, junio 2024.pdf