FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

20 Noviembre 2024

Archivado el expediente de la CNC contra los convenios de la FEMP con los Colegios Profesionales

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) anunció a primeros del mes de enero la “terminación convencional” del expediente sancionador incoado contra la FEMP y varios Colegios Profesionales por entender que los convenios firmados en su día por estas organizaciones pudieran afectar a la competencia, especialmente en lo que afecta a trámites para la obtención de licencias municipales



La CNC explica que la decisión ha sido  verificar la rescisión de los convenios que la Federación mantenía con dichos Colegios y el compromiso de ambas partes por el que se abstienen de firmar en el futuro nuevos convenios de contenido similar, un acuerdo que fue adoptado por la  Comisión Ejecutiva de la FEMP el 12 de julio del pasado año.

 

La FEMP se comprometió también a dar difusión al contenido de la terminación convencional y de los acuerdos adoptados entre todos sus asociados y a través de sus medios de difusión. La Comisión Nacional de la Competencia (CNC), entiende que “con la adopción de estos compromisos ofrecidos, se resuelven los posibles efectos sobre la competencia que pudieran derivarse de las conductas objeto del procedimiento incoado y, por tanto, procede la resolución convencional del expediente sin la interposición de sanción alguna”.

 

El acuerdo de la CNC se produjo el pasado 28 de diciembre, según informa la propia Comisión.

 

El expediente ahora archivado fue incoado contra la FEMP, el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, el Consejo General de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, por una posible infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.

 

Con todos ellos, la FEMP firmó un convenio -un borrador de acuerdo en el caso del Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales- de cara a regular la prestación, por parte de estos colegios, de servicios consistentes en la verificación normativa y documental que se podrían incorporar a la tramitación de licencias municipales.

 

Del contenido de los convenios podía deducirse una recomendación para reservar la prestación de estos servicios a los Colegios Profesionales respectivos, excluyendo, por tanto a cualquier otra entidad o colectivo.

 

A la luz de la normativa específica sobre la regulación del visado colegial, y en la medida que los acuerdos suscritos podría producir una limitación de acceso a la prestación de estos servicios, la Dirección de Investigación de la CNC incoó hace casi un año -el 13 de enero de 2011- el expediente sancionador que ahora se ha resuelto.

 
Carta Local nº 383, octubre 2024.pdf