FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

20 Noviembre 2024

Más de 127 millones para formación en las Administraciones Públicas

Un total de 127.695.700 euros financiarán a lo largo del próximo año 2011 los planes de formación para el empleo de la Administraciones Públicas; de ellos, 24.850.386,74 euros irán destinados a financiar las actuaciones formativas de la Administración Local en este ámbito. Así queda recogido en los Acuerdos de Gestión adoptados por la Comisión General de Formación para el Empleo, que regulan la distribución de los Fondos entre Administraciones Públicas y Organizaciones Sindicales.



 
 
 
El importe total de los fondos es inferior en un 8% a la cantidad asignada el pasado año al mismo fin; la asignación destinada a Administración Local, sin embargo, se reduce tan sólo en un 5%. En valores totales, la Administración General del Estado recibirá23.444.708,30 euros; la Autonómica, 52.110.507,96 euros; las organizaciones sindicales contarán con 26.690.097 euros. Se prevé además una cantidad de 480.000 euros para las actividades del Instituto nacional de Administración Pública (INAP) y otros 120.000 para el sostenimiento de la Comisión de Formación Continua de Administración Local (CFCAL), residenciada en la FEMP.
 
La Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas se ejecutará en 2011 al amparo de los contenidos del Acuerdo del mismo nombre que, el pasado mes de marzo, adoptó la Comisión General, y que supone la prórroga indefinida del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas (AFCAP).
 
Novedades para 2011
 
En términos generales, la Formación en 2011 se moverá con pautas prácticamente idénticas a los anteriores programas, con la salvedad de algunas novedades. Así, por ejemplo, a la hora de valorar los planes de formación, se tendrá en cuenta el “sistema de coordinación y cooperación, en su caso, con otros posibles promotores de planes de formación.
 
Asimismo, y con el fin de crear un sistema más homogéneo y de hacer más sencilla la portabilidad de las acreditaciones de formación entre Administraciones, se han establecido los requisitos mínimos que han de cumplir las certificaciones de formación expedidas al amparo de los acuerdos. Según señala el artículo 16 del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, una de las funciones que corresponde a la Comisión General es “adoptar las medidas necesarias para la acreditación y certificación de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas, sea cual sea el promotor y el ámbito de realización de la misma, según la normativa vigente”.
 
Se incorpora, además, la posibilidad de que los promotores, con cargo a sus fondos, puedan realizar “actividades complementarias”. Esas actividades y su financiación aparecen recogidas en el artículo 21, donde se hace referencia a “la realización de actividades complementarias de mejora del Empleo de las Administraciones Públicas, relativas a la realización de acciones en materia de información, divulgación y fomento de la participación, estudios de detección de necesidades, diseño de metodologías y herramientas aplicables a los programas formativos, elaboración y adquisición de documentación, investigación, asesoramiento, evaluación de procesos formativos y del impacto de la formación en el desempeño, y cuantas tengan relación con el programa de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas”.
 
Formación Continua

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Carta Local nº 383, octubre 2024.pdf