FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

27 Noviembre 2024

Nueva Línea ICO-Ayuntamientos para el pago a pymes y autónomos

El Gobierno ha facultado al Instituto de Crédito Oficial (ICO) para que ponga en marcha una línea de préstamos a las Entidades Locales que permita el pago de las facturas pendientes con empresas y autónomos. El Gobierno aprobó esta medida en el Consejo de Ministros del 1 de julio y está contenida en un Real Decreto que incluye también la regla de gasto que se aplicará a la Administración General del Estado y a la Administración Local.



La línea financiera se diseñará de forma que posibilite preferentemente la cancelación de las deudas con los autónomos y las pymes, considerando la antigüedad de las certificaciones o documentos que acrediten la realización total o parcial de las obras o servicios entregados con anterioridad al 30 de abril de 2011.
El importe de la operación de crédito no podrá superar el 25% de la cantidad anual de las entregas a cuenta de la participación de la Entidad Local en los tributos del Estado del año 2011, una vez descontados los reintegros correspondientes a las liquidaciones definitivas de la participación del ejercicio 2008 y anteriores.
Requisitos
El Real Decreto señala que, con carácter previo a la concertación de las operaciones de endeudamiento, las Entidades Locales deberán aprobar la liquidación de sus presupuestos del año 2010. Una vez aprobada esta liquidación, deberán solicitar al ICO, antes del 1 de diciembre de 2011, la aceptación para concertar la aceptación del crédito. De este modo, ya podrán formalizar las operaciones financieras correspondientes con las entidades bancarias, que actuarán por cuenta del ICO en la materialización del pago a empresas y autónomos.
El plazo de cancelación de los créditos no podrá ser superior a tres años y deberán quedar cerrados el 31 de diciembre de 2014. Las operaciones se amortizarán por el método de anualidad constante y se concertarán con la flexibilidad necesaria para poder efectuar cancelaciones anticipadas, cuando los resultados de los ejercicios económicos durante el periodo de vigencia de aquella línea financiera así lo permitan.
Regla de gasto
En cuanto a la regla de gasto, el objetivo de estabilidad presupuestaria de las distintas Administraciones y, en concreto de la Administración Local, se fijará teniendo en cuenta que el crecimiento de su gasto computable no podrá superar la tasa de crecimiento a medio plazo de referencia de la economía española, que se define con el PIB, expresado en términos nominales, durante nueve años.
La regla de gasto se aplicará directamente a la AGE y sus organismos y a las Entidades Locales que participan en la cesión de impuestos estatales, es decir a los a los municipios capitales de provincia o de Comunidades Autónomas y a los que superen los 75.000 habitantes. A las restantes Entidades Locales -municipios en régimen general- se les seguirá aplicando la regla de equilibrio o superávit prevista en la actual normativa de estabilidad presupuestaria.
Cuando se aprueben cambios normativos que supongan aumentos permanentes de la recaudación, la tasa de crecimiento del gasto podrá aumentar en la cuantía equivalente; en caso contrario, si estos cambios disminuciones de la recaudación, la tasa deberá disminuirse.
En caso de incumplimiento, la Administración Pública responsable deberá adoptar medidas extraordinarias de aplicación inmediata que garanticen el retorno a la senda de gasto acorde con la regla establecida.
Equilibrio presupuestario en 2014
En anterior sesión del Consejo de Ministros, el Gobierno aprobó el objetivo de estabilidad presupuestaria para el trienio 2012-2014 y el límite de gasto no financiero el Estado para el ejercicio de 2012. Según las estimaciones del Ejecutivo, en los próximos tres años el déficit público se reducirá en 3,9 puntos del PIB para situarse en el 2,1% en 2014. Ese año, el Gobierno prevé que las Entidades Locales alcancen el equilibrio presupuestario.
Con estos cálculos, el déficit local será de un 0,3% este año (0,8%, si se tiene en cuenta la liquidación negativa de 2009) y en 2012, deberá reducirse en 2012 hasta el 0,2% y alcanzar el equilibrio presupuestario en 2014.
La Administración General del Estado deberá reducir en 2012 su saldo negativo desde el 4,8% previsto para el cierre de este año hasta el 3,2%, hasta quedarse en el 1,5% en 2014. Las Comunidades Autónomas, por su parte, con un desequilibrio negativo del 1,3% para este año -una vez descontado el efecto de la liquidación negativa del sistema de financiación autonómica de 2009, que elevaría esa tasa al 3,3 por 100-, deberán descender al 1,1% en 2013 y, finalmente, al 1% en 2014.
 
Línea ICO

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