FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

19 Julio 2024

Publicada la relación de municipios para la aplicación de coeficientes de actualización de valores catastrales

Con fecha 11 de diciembre, el BOE publicó la Orden HAP/2308/2013, de 5 de diciembre, que establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2014



La Ley de Presupuestos Generales del Estado actualiza anualmente los valores catastrales de los inmuebles urbanos de un mismo municipio por aplicación de coeficientes en función del año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia de valores del municipio.

Para poder aplicar estos coeficientes, han debido transcurrir al menos cinco años desde la entrada en vigor de los valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general y, al mismo tiempo, que se hayan producido diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, siempre que afecten de modo homogéneo al conjunto de usos, polígonos, áreas o zonas existentes en el municipio.

Una vez recibidas las solicitudes de aplicación de coeficientes realizadas por los Ayuntamientos –el plazo concluyó el 15 de noviembre-  y comprobada la concurrencia de los requisitos exigidos por la Ley, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha aprobado la relación de municipios donde se hará efectiva esta medida.

La Orden publicada en el BOE señala que en los municipios cuya ponencia de valores ha entrado en vigor en los años 2004 y 2005, no existen diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes.

Por el contrario, sí se aprecian diferencias sustanciales entre dichos valores en los municipios en los que la entrada en vigor de sus ponencias de valores se ha producido, por una parte, entre los años 2006 y 2008 y, por otra, en el año 2003 o anteriores. Por ello, en estos casos resulta oportuna la aplicación de los coeficientes de actualización que se determinen por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014.
 
Carta Local nº 380, junio 2024.pdf